Ejemplos de los documentos que se apostillan/habilitan con mayor frecuencia:
Le llamamos cadena de legalizaciones al conjunto de legalizaciones previas que todo documento debe tener antes para que el Colegio te lo pueda apostillar/habilitar. Esas legalizaciones previas dependerán del tipo de autoridad nacional/provincial/municipal que lo emitió, el orden jerárquico al que pertenece la institución y a qué provincia pertenece.
Toda documentación presentada para ser intervenida en este Colegio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial con firma ológrafa (esto quiere decir firma de puño y letra) debe estar legalizada previamente por el Ministerio del Interior. Ver más información aquí.
Si el documento es del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no se necesita intervención del Ministerio del Interior para apostillarlo en este Colegio.
Toda documentación presentada para ser intervenida en este Colegio que cuente con certificación o legalización de una autoridad provincial con firma ológrafa (esto quiere decir firma de puño y letra) debe estar legalizada previamente por el Ministerio del Interior. Ver más información aquí.
Si el documento es del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, no se necesita intervención del Ministerio del Interior para apostillarlo en este Colegio.
Algunas jurisdicciones del país emiten las partidas del Registro Civil en soporte electrónico con firma digital (Buenos Aires, CABA, Catamarca, Chaco, Córdoba, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Río Negro, Salta, San Juan, Santa Fe y Santiago del Estero).
Las partidas de estas jurisdicciones únicamente se apostillan/legalizan si están emitidas en ese formato electrónico con firma digital, y no requieren una legalización intermedia.
Las partidas emitidas por las demás jurisdicciones del país, hechas en soporte papel y con firma ológrafa (de puño y letra), requieren de la legalización digital previa realizada por el Ministerio del Interior.
Las partidas de estado civil emitidas en la Argentina (de nacimiento, matrimonio o defunción) legalizadas, habilitadas o con apostilla no tienen plazo de vencimiento. No obstante, te conviene tener en cuenta que algunas autoridades extranjeras solo las admiten dentro de plazos limitados, por lo que te sugerimos que tomes contacto con la autoridad extranjera receptora de la documentación para conocer estos detalles.
La documentación de estudios realizados en la Argentina (certificados de materias aprobadas, títulos o diplomas, programas de estudios, constancias de cursos realizados, certificaciones de residencias, programas, analíticos de secundario y terciario, planes de estudio, etc.) debe contar con la debida cadena de legalizaciones: Ministerio de Educación y Deportes, o Ministerio de Salud de la Nación, o Ministerio del Interior, según corresponda.
Si en el país de destino donde debés presentar la apostilla/habilitado te piden que la documentación esté en el idioma del país de destino (o en otro idioma que no sea el castellano), los pasos a cumplir son los siguientes:
1º) Apostillar/habilitar el documento original emitido por autoridad argentina en castellano.
2º) Traducir ese documento original emitido por autoridad argentina a través de un traductor público matriculado.
3º) Legalizar la traducción pública en el colegio de traductores que corresponda según la demarcación en la que realizaste la traducción.
Finalmente, desde el Colegio te sugerimos también:
4º) Apostillar/habilitar la traducción pública y su legalización.
Si legalizaste la traducción en un colegio de traductores que utiliza firma digital (por ejemplo: el de CABA y el de Provincia de Buenos Aires), el Colegio de Escribanos hará la apostilla/habilitado únicamente sobre el documento electrónico con firma digital. Esto quiere decir que deberás enviar un único archivo PDF con ambos documentos integrados.
Los certificados de antecedentes penales en Argentina son emitidos por el Registro Nacional de Reincidencia, en soporte electrónico y con firma digital.
Si necesitás apostillar/habilitar un certificado de antecedentes penales, tené en cuenta que el Colegio solo gestionará el trámite sobre certificados que se encuentren dentro de los 90 días corridos desde la fecha de su expedición.
Los certificados de la Cámara Nacional Electoral (por ejemplo, el certificado de “ciudadano argentino” y el certificado de “no ciudadano argentino”) son emitidos en soporte papel con firma manuscrita y en soporte electrónico con firma digital.
El Colegio apostilla/habilita este tipo de documentos.
Podés solicitar un certificado de legalidad de tu licencia nacional de conducir por distintos medios:
1) A través de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en soporte electrónico y con firma digital. La solicitud se hace en la plataforma informática TAD-Trámites a Distancia perteneciente al Estado nacional. Luego podrás apostillar/habilitar el certificado en el Colegio.
2) A través de autoridades provinciales, en soporte electrónico y con firma digital. En el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la solicitud se hace en la plataforma informática TAD-Trámites a Distancia perteneciente al Gobierno de la Ciudad.
3) A través de autoridades municipales, en soporte papel y con firma manuscrita. Para que el Colegio lo pueda apostillar/habilitar, debe estar previamente legalizado por el Ministerio del Interior de la Nación. deberán estar legalizados previamente por el Ministerio del Interior.
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